MADRID, 2 Feb. (Notimérica) -
El próximo 10 de febrero tendrá lugar una de las fechas señaladas de todo calendario cristiano: el Miércoles de Ceniza, que da comienzo a la Cuaresma, la preparación espiritual de la fiesta de Pascua, la fiesta central del cristianismo que conmemora la resurrección de Jesús.
El Miércoles de Ceniza se celebra cuarenta días antes del Domingo de Ramos que da comienzo a la Semana Santa. La ceniza, que simboliza el reconocimiento de la persona de su propia fragilidad y mortalidad, se obtiene de quemar los ramos bendecidos el Domingo de Ramos del año anterior.
La imposición de la cruz de ceniza en la frente representa el inicio de la Cuaresma, es decir, el ciclo de preparación a celebrar el misterio de la Pasión, Muerte y Resurrección de Cristo.
Mientras el sacerdote realiza la simbólica marca pronuncia unas frases extraídas de la Sagrada Escritura: "Convertíos y creed en el Evangelio" (Mc. 1,15) o "Acuérdate de que eres polvo y al polvo volverás" (Gn. 3,19).
A parte de la ceniza, este día viene marcado por el ayuno y abstinencia fijado por las normas generales y las particulares de cada diócesis.
El ayuno --que también se realiza el Viernes Santo-- es obligatorio para las personas de entre 18 y 60 años y consiste en hacer solamente una comida al día. Por su parte, la abstinencia de comer carne es obligada desde los 14 años.
Pero, ¿por qué cumplir con estas dos tradiciones que para algunos puedes suponer un gran esfuerzo o sacrificio?. A ello trata de responder el Código del Derecho Canónico.
"Todos los fieles, cada uno a su modo, están obligados por ley divina a hacer penitencia; sin embargo, para que todos se unan en alguna práctica común de penitencia, se han fijado unos días penitenciales, en los que se dediquen los fieles de manera especial a la oración, realicen obras de piedad y de caridad y se nieguen a sí mismos, cumpliendo con mayor fidelidad sus propias obligaciones y, sobre todo, observando el ayuno y la abstinencia", relata el canon 1249.
Según el canon 1251, "todos los viernes, a no ser que coincidan con una solemnidad, debe guardarse la abstinencia de carne, o de otro alimento que haya determinado la Conferencia Episcopal; ayuno y abstinencia se guardarán el miércoles de Ceniza y el Viernes Santo".
La cuestión de la edad viene detallada por el canon 1252: "La ley de la abstinencia obliga a los que han cumplido catorce años; la del ayuno, a todos los mayores de edad, hasta que hayan cumplido cincuenta y nueve años".