BOGOTÁ, 23 Nov. (Notimérica) -
Aún a pesar que el aborto es legal en Colombia desde 2006, solo hace tres días que el ministerio de Salud colombiano ha comenzado a hacer campaña para explicar los tres supuestos en el que las mujeres se pueden acoger a este derecho.
La orden de comenzar con la promoción pública de este derecho, para dejar claro en que casos se puede llevar a cabo, fue dada por la Corte Constitucional de Colombia en 2009 e ignorada hasta la semana pasada.
La Corte Constitucional colombiana dio esta orden al observar el caso de una mujer que no encajaba con lo legalmente establecido en 2006. Esta ciudadana pretendía acogerse al derecho de la interrupción voluntaria del embarazo por uno de los tres supuestos contemplados en la Ley: la malformación del feto cuando estas deformidades son incompatibles con su vida.
Aunque la Junta Médica del hospital a que acudió la colombiana aseguró que lo mejor era el aborto, el centro de salud al que fue remitida en Barranquilla se negó a llevar a cabo el procedimiento, exigiéndole una autorización judicial, documento que no es un requisito a nivel legal.
Con el fin de que las ciudadanas de Colombia sepan exactamente cuales son sus derechos con respecto al aborto, el Ministerio de Salud ha lanzado una serie de videos --que ha publicado en su canal de YouTube-- en el que se explica en qué cosiste la interrupción voluntaria del embarazo y en que supuestos se pueden acoger a este derecho.
Los tres casos en los que la ley colombiana permite a una mujer interrumpir voluntariamente su embarazo, además de malformaciones del feto incompatibles con su vida, son en supuestos de embarazos producto de una violación o cuando represente un riesgo para la salud o la vida de la mujer.
La abogada de la organización 'Women's Link Worldwide' Cristina Rosero ha afirmado, según publica 'El Espectador' que "consideramos que es un avance importante pero no el único, porque sin duda el problema de la desinformación es uno de los principales obstáculos para acceder a este derecho. Esto nos puede ayudar a que las mujeres sepan que tienen derecho pero es necesario que las entidades de salud estén informadas, porque hay unas que ponen obstáculos y niegan el servicio. Ahora habría que mirar el impacto real que tiene esta campaña".
La Corte Constitucional también ha especificado que el Gobierno ha de hacerse cargo del avance de esta campaña, así como del seguimiento, el impacto y la eficacia que tengan en la población. Según la Corte, estos videos deben estar enfocados a "transmitir información completa sobre la materia en términos sencillos, claros y suficientemente ilustrativos".